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Apoyo: Proposición de ley de la Asemblea National de Francia

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N° 1813

ASAMBLEA NACIONAL

CONSTITUCION DEL 4 OCTUBRE 1958

DUODECIMA LEGISLATURA

Registrado con la Presidencia de la Asamblea Nacional el 22 de septiembre de 2004.

PROPOSICION DE LEY

Con vistas a establecer una obligación de poner a disposición de los votantes, las papeletas de voto en braille,
(Reenviado a la Comisión de las Leyes Constitucionales, de la Legislatura de la Administración General de la República, a efectos de crear una Comisión Especial dentro de los descansos previstos por los Artículos 30 y 31 del Reglamento).

PRESENTADO
por M. Alain SUGUENOT
Député.

EXPUESTA DE MOTIVOS

Señoras, Señores, dentro de su discurso de clausura del Año Europeo del Minusválido, el Presidente de la República expresó su determinación de “extender más allá del 2.003, el movimiento en marcha, en nombre de los valores fundamentales de la República y que emprendemos en nuestro proyecto democrático Europeo”.

Se han tomado numerosas iniciativas en el curso de este año para mejorar la vida cotidiana de los que, por motivos de nacimiento, o en razón de circunstancias de la vida, son minusválidos. Con el afecto solidario y de cohesión social, se ha hecho un esfuerzo presupuestario significativo al fin de responder a situaciones de urgencia. Con el fin de desarrollar la participación de las personas minusválidas en las decisiones que conciernen, reconocidos sus derechos para compartir en los poderes públicos y del consejo nacional consultivo a vista de confirmar su papel y ampliarlo.

Con el fin de conceder a los minusválidos el estatuto de ciudadano pleno, el Jefe del Estado ha encargado al Sr. Ministro de Sanidad, Familia y Personas Minusválidas y a la Sra. Secretaria del Estado, a presentar ante el Parlamento un proyecto de ley para igualar los derechos y las posibilidades, la participación y la ciudadanía de las personas minusválidas. Este proyecto de ley depuesta, por una segunda lectura en el Senado el 15 de junio de 2004, favorece el acceso de los minusválidos en todos los aspectos de la vida, que afectan a la vida social, la vida profesional y la vida cotidiana.

Ahora, una de las manifestaciones más fuertes y de las más concretas de la ciudadanía, es, sin duda, el derecho al voto. El Presidente de la República asimismo subraya que “nuestro concepto de la ciudadanía nos conlleva a rendir a nuestros conciudadanos minusválidos, por completo, su habilidad de compartir en los derechos fundamentales, de verse involucrados igual que los demás en participar a definir las elecciones públicas”.

El Artículo 3 de la Constitución dispone que “el sufragio puede ser directo o indirecto dentro de las condiciones previstas por la Constitución. Es siempre universal, igualitario y secreto”.

El Artículo 3 del Código Electoral precisa para quien “el voto es secreto.” el acceso a las urnas a veces constituye un freno para las personas con movilidad reducida, y debemos emprender colectivamente los esfuerzos necesarios para hacer accesibles los colegios electorales. La dificultad es todavía mayor para las personas ciegas que se encuentran con la imposibilidad de cumplir con su obligación cívica de forma autónoma en razón de su minusvalía. En efectos, no disponen de papeleta en braille, los invidentes deberán necesariamente estar acompañados por una tercera persona para votar. Censados para representación del Parlamento o las Asambleas de deliberación de colectivos territoriales, estas personas no pueden expresar libremente así sus opiniones para las decisiones políticas y que ellos contribuyen a los cargos públicos, con impuestos.

Esta franquicia de los principios de nuestra Constitución atenta los mismísimos fundamentos de nuestra democracia. La puesta de las papeletas en braille a disposición de los invidentes podrá acabar con esta desigualdad y restaurar el carácter universal del secreto del sufragio.

Por eso, con el fin de completar la acción del Sr. Ministro de Sanidad y de la Sra. Secretaria del Estado encargados de las personas minusválidas, yo les pido, Señoras, Señores, de adaptar la presenta propuesta de ley.

PROPUESTA DE LEY

Artículo 1º
Después del primer párrafo del Artículo L. 58 del código electoral, que se inserte un párrafo así redactado: “En la misma mesa, el supervisor pondrá a disposición de los electores papeletas en braille durante la completa duración del escrutinio.”

Artículo 2º
Los cargos eventuales que resultan para el Estado debido a la aplicación de la presente ley, se compensarán por el incremento a la competencia de las tarifas provistas en los artículos 575 y 575 A del código general impositivo.


Versión original del texto (En francés):
http://www.assemblee-nat.fr/12/propositions/pion1813.asp

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