Apoyo institucional
A LA MESA DEL CONGRESO
DON JOSEP ANTONI DURAN i LLEIDA, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, una PROPOSICIÓN NO DE LEY PARA LA ADECUACIÓN DE LA LEY ORGANICA DEL RéGIMEN ELECTORAL GENERAL PARA GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN ELECTORAL DE LAS PERSONAS CIEGAS CON PLENITUD DE DERECHOS.
Palacio del Congreso de los Diputados, a 8 de julio de 2004.
Josep Antoni Duran i Lleida Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALáN (CONVERGèNCIA I UNIó) PARA LA ADECUACIÓN DE LA LEY, ORGANICA DEL RéGIMEN ELECTORAL GENERAL PARA GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN ELECTORAL DE LAS PERSONAS CIEGAS CON PLENITUD DE DERECHOS.
ANTECEDENTES
Durante las pasadas elecciones generales del mes de marzo, la Junta Electoral Provincial de Barcelona desestimó un recurso interpuesto por una persona invidente que solicitaba medidas adecuadas para garantizar la accesibilidad en braille a las papeletas electorales por parte de las personas ciegas, a la vez que hacía constar el deseo de la Junta Electoral Provincial de reconocer la justa reclamación formulada y que precisaba de una urgente reforma legislativa.
Una persona ciega que puede leer en braille no tiene ningún defecto físico que le impida elegir la papeleta e introducirla en el sobre, por lo que no debería entrar en ninguno de los supuestos del artículo 87 de la LOREG, donde se establece que los electores que por defecto físico resulten impedidos para elegir la papeleta, introducirla en el sobre y entregarla al Presidente, pueden servirse de personas de su confianza.
Este sistema de votación asistida no permite mantener el derecho a la privacidad de la persona invidente, que por otra parte puede valerse por si misma mediante el lenguaje en braille.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un Proyecto de Ley de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a los efectos de garantizar el derecho a la privacidad de las personas invidentes en el momento de efectuar su voto y el derecho a la accesibilidad a las papeletas electorales de las personas invidentes".
Palacio del Congreso de los Diputados, a 8 de julio de 2004.
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