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Solicitud y utilización del sistema para las Elecciones al Parlamento Europeo 2009


Aquí encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el sistema de voto accesible, así como la información necesaria para poder ejercer el voto secreto y accesible en las próximas elecciones del 7 de junio de 2009.

¿En qué consiste el voto accesible? ¿Quién puede pedirlo? ¿Cuando y cómo pedirlo? En el teléfono me preguntarán el número de afiliado/a a la ONCE o el colegio electoral en el que voto? ¿Cómo obtener la documentación solicitada? ¿Por qué no lo envían a casa? ¿Cómo será la documentación y cómo manipularla? Canales de información

¿En qué consiste el voto accesible?

Se trata de un procedimiento que permite la identificación de la opción de voto por las personas ciegas o con discapacidad visual grave, con autonomía y plena garantía para el secreto del sufragio, mediante la utilización de una documentación complementaria en sistema Braille que acompaña a las papeletas y sobres de votación normalizados.

Esta documentación en Braille, se entregará al votante discapacitado visual, el día de la votación en su colegio electoral, siempre que previamente lo haya solicitado en el plazo establecido.

¿Quién puede pedirlo?

Podrán solicitarlo aquellas personas con discapacidad visual que cumplan estos requisitos:

  1. Conocer el sistema de lecto-escritura braille.
  2. Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o ser afiliado a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

Además, como es lógico, solo pueden pedirlo aquellas personas que tengan derecho al sufragio para estas elecciones, es decir, los españoles mayores de 18 años que estén inscritos al censo electoral.

¿Cuando y cómo pedirlo?

Los electores con discapacidad visual que deseen utilizar el procedimiento de voto accesible deberán comunicarlo llamando al teléfono gratuito del Ministerio del Interior 900-150-000, entre los días 14 de abril y 11 de mayo de 2009.
Se deberán facilitar los siguientes datos personales:

  • Nombre y apellidos
  • Domicilio
  • Número del Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Teléfono de contacto

Además, deberán manifestar que cumplen con los requisitos siguientes:

  1. Que conocen el sistema de lecto-escritura braille.
  2. Que tienen reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o que son afiliados a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

Todo ello habilitará al elector, el día 7 de junio, y previa presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI), para recoger la documentación en la Mesa Electoral correspondiente.

En el teléfono me preguntarán el número de afiliado/a a la ONCE o el colegio electoral en el que voto?

No es indispensable ser afiliado a ONCE. Simplemente tener una discapacidad mayor al 33 por ciento y conocer el Braille. Eso es lo que preguntan al llamar al número gratuito del ministerio, junto con la dirección o el código postal y el DNI, datos que ya sirven para saber en qué colegio electoral se tiene que mandar el pack Voto accesible.

¿Cómo obtener la documentación solicitada?

El elector con discapacidad visual que haya pedido el voto accesible se dirigirá, el 9 de marzo, al Presidente de la Mesa electoral en la que le corresponda ejercer su derecho de sufragio.

Prévia identificación con el D.N.I., el Presidente de la Mesa, o en su caso alguno de los vocales, le hará entrega de la documentación que integra el procedimiento de voto accesible y le indicará el espacio del Colegio electoral habilitado para su manipulación.

¿Por qué no lo envían a casa?

Principalmente se trata de un problema de falta de tiempo, puesto que las candidaturas no se proclaman oficialmente hasta el vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria de elecciones. Por tanto, quedan menos de 27 días para imprimir la documentación en Braille, preparar el pack y remitirlo. Este mismo motivo es el que de momento hace que no se haya previsto en la regulación, la posibilidad de ejercer el voto accesible por correo.

La documentación, tal como ocurre con el voto por correo, se tendría que recibir en el domicilio personalmente por el solicitante, para garantizar que la persona en cuestión es quien tiene la documentación y no otra. Si el solicitante no se encontrara en casa en aquél momento, debería recogerse la documentación en la oficina de Correos, lo cual no agiliza el proceso. El hecho de que esté en el colegio es más integrador, hace que tengamos allí nuestras papeletas como todos los ciudadanos, da visibilidad al Braille y conciencia a los presidentes de mesa, etc. No hay que preocuparse por la manipulación de la documentación en el colegio ya que el Real Decreto prevé un espacio reservado en el que se podrá utilizar la documentación con tranquilidad.

¿Cómo será la documentación y cómo manipularla?

La documentación estará integrada por un maletín cerrado en el que se indicará en una etiqueta en tinta y en sistema Braille, las elecciones que se celebran y la fecha de la votación. EL maletín incluirá unas instrucciones explicativas sobre la utilización de la documentación, impresas en sistema Braille, un sobre de votación normalizado y un sobre grande.

El sobre grande incluirá un sobre por cada una de las candidaturas con la indicación de ésta en tinta y en sistema Braille, que contendrá la papeleta de votación normalizada correspondiente a la candidatura indicada en el exterior.

Para su manipulación, el elector deberá escoger el sobre que lleve inscrito el nombre de la candidatura de su preferencia, sacar la papeleta del interior del sobre e introducirla en el sobre de votación normalizado, que no tiene ninguna inscripción en Braille.

Una vez finalizada la selección y ensobrada la papeleta, el procedimiento de votación sigue sin ninguna peculiaridad.

En cuanto a los restos sobrantes del pack de votación, el elector es libre de dejarlos allí o llevárselos, pero la segunda opción garantizará totalmente el secreto del voto ya que si se deja en el colegio electoral, se podría ver cual de los sobres de las candidaturas está abierto y vacío, y se podría saber qué ha votado el elector ciego.

Canales de información

  1. Teléfono del Ministerio del Interior, 900-150-000:
    • Entre el 14 de abril y 11 de mayo: solicitud del pack voto accesible.
    • Entre el 12 de mayo y el 7 de junio: información de las candidaturas, del procedimiento, la documentación, etc.
  2. Web del Ministerio del Interior: http://elecciones.mir.es/europeas2009/votar_02.html (se abre en ventana nueva)
  3. Nuestro correo electrónico habilitado para resolver dudas acerca del sistema (no solicitudes): info@votoaccesible.cat
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